PSICOLOGÍA JURÍDICA
PROCEDIMIENTO
Primero: entrevista inicial y recogida de informes y otro tipo de información relevante.
Segundo: se procederá al estudio del caso en su totalidad, y antes de tomar una decisión, se valora si el proyecto es viable, con la finalidad de evitar gastos innecesarios al cliente.
Tercero: posteriormente y una vez aceptada la demanda de realización de informe pericial psicológico por las partes, se procederá a evaluar al cliente con entrevistas, pruebas psicométricas, cuestionarios etc…así como a otras personas relacionadas con el cliente objeto de estudio, siempre y cuando sean relevantes para el desarrollo del informe pericial. Además, se mantendrá contacto con el representante legal del cliente.
Cuarto: elaboración del informe una vez obtenidos los resultados y valoraciones pertinentes del cliente.
Quinto: Entrega y explicación del informe al cliente y copia adjunta para su representante legal.
Sexto: Ratificación en el juicio oral, a fin de confirmar lo desarrollado en el informe pericial psicológico.